Control de Armas
Señala requisitos para tener e inscribir un arma de fuego, así como sanciones para los infractores. Última actualización : 13-04-2023
El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), controla las armas, explosivos, fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros elementos similares, sin perjuicio de las funciones que tiene el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
- Material de uso bélico utilizado por las Fuerzas Armadas.
- Armas de fuego de cualquier calibre y sus componentes.
- Municiones y cartuchos.
- Explosivos de uso industrial o minero y sus partes.
- Sustancias químicas usadas para fabricar explosivos o municiones.
- Fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y similares.
- Armas de pulsaciones eléctricas (electroshock y similares).
- Instalaciones destinadas a fabricación, prueba o almacenamiento.
Es toda arma que tenga cañón y que dispare, esté concebida o pueda adaptarse para disparar municiones mediante la expansión de gases de la pólvora o compuestos químicos. Se clasifican en defensa personal, seguridad privada, deportivas, caza, colección, ornato, entre otras.
- Armas largas recortadas.
- Armas automáticas.
- Armas de fantasía o camufladas.
- Armas adaptadas de juguete o aire comprimido.
- Armas artesanales o hechizas.
- Armas sin número de serie o adulteradas.
- Ametralladoras, metralletas o similares.
- Silenciadores y municiones perforantes o explosivas.
- Armas transformadas sin autorización de la DGMN.
- Artefactos con gases tóxicos, corrosivos o incendiarios.
- Armas nucleares.
La DGMN autoriza la fabricación, armaduría, transformación, importación, exportación y corretaje de armas, así como las instalaciones destinadas a dichas actividades.
Solo pueden inscribirse armas autorizadas por la DGMN, previo análisis del solicitante y el destino del arma. Las personas jurídicas deben inscribirlas a través de su representante legal.
- Ser mayor de edad y tener residencia o nacionalidad chilena.
- Tener domicilio conocido.
- Aprobar curso autorizado por la DGMN sobre manejo y conservación.
- Poseer aptitud física y psíquica compatible.
- No tener antecedentes penales ni sanciones por violencia intrafamiliar.
- Acreditar el origen de los fondos usados para adquirir el arma.
- No haber perdido ni sufrido robo de armas sin justificación.
La DGMN mantiene un Registro Nacional de Inscripciones de Armas y un sistema de identificación balística. Carabineros y la PDI pueden fiscalizar entre las 8:00 y 22:00 sin aviso previo, registrando toda actuación.
- Formar milicias privadas: 5 a 20 años de presidio.
- Portar armas sin permiso: 541 días a 10 años.
- Poseer armas hechizas o modificadas: 3 a 10 años.
- Fabricar o importar sin autorización: 541 días a 15 años.
- Portar bombas molotov: 3 a 10 años.
- Vender municiones a personas no inscritas: multa + presidio menor.
- Disparar en vía pública: hasta 5 años, o 10 si es arma de guerra.
- Colocar o activar bombas: 10 a 15 años.
- Atacar recintos policiales: 3 a 10 años.