Armería Wolf

Control de Armas

Señala requisitos para tener e inscribir un arma de fuego, así como sanciones para los infractores. Última actualización : 13-04-2023

¿Quién controla el uso de armas en Chile?

El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), controla las armas, explosivos, fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y otros elementos similares, sin perjuicio de las funciones que tiene el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

¿Qué tipo de armas están sometidas a control?
  • Material de uso bélico utilizado por las Fuerzas Armadas.
  • Armas de fuego de cualquier calibre y sus componentes.
  • Municiones y cartuchos.
  • Explosivos de uso industrial o minero y sus partes.
  • Sustancias químicas usadas para fabricar explosivos o municiones.
  • Fuegos artificiales, artículos pirotécnicos y similares.
  • Armas de pulsaciones eléctricas (electroshock y similares).
  • Instalaciones destinadas a fabricación, prueba o almacenamiento.
¿Qué se entiende por arma de fuego?

Es toda arma que tenga cañón y que dispare, esté concebida o pueda adaptarse para disparar municiones mediante la expansión de gases de la pólvora o compuestos químicos. Se clasifican en defensa personal, seguridad privada, deportivas, caza, colección, ornato, entre otras.

¿Qué armas o artefactos bélicos están prohibidos?
  • Armas largas recortadas.
  • Armas automáticas.
  • Armas de fantasía o camufladas.
  • Armas adaptadas de juguete o aire comprimido.
  • Armas artesanales o hechizas.
  • Armas sin número de serie o adulteradas.
  • Ametralladoras, metralletas o similares.
  • Silenciadores y municiones perforantes o explosivas.
  • Armas transformadas sin autorización de la DGMN.
  • Artefactos con gases tóxicos, corrosivos o incendiarios.
  • Armas nucleares.
¿Quién autoriza la fabricación de armas?

La DGMN autoriza la fabricación, armaduría, transformación, importación, exportación y corretaje de armas, así como las instalaciones destinadas a dichas actividades.

¿Cómo opera la inscripción de las armas?

Solo pueden inscribirse armas autorizadas por la DGMN, previo análisis del solicitante y el destino del arma. Las personas jurídicas deben inscribirlas a través de su representante legal.

Requisitos para inscribir un arma
  • Ser mayor de edad y tener residencia o nacionalidad chilena.
  • Tener domicilio conocido.
  • Aprobar curso autorizado por la DGMN sobre manejo y conservación.
  • Poseer aptitud física y psíquica compatible.
  • No tener antecedentes penales ni sanciones por violencia intrafamiliar.
  • Acreditar el origen de los fondos usados para adquirir el arma.
  • No haber perdido ni sufrido robo de armas sin justificación.
Fiscalización y registro

La DGMN mantiene un Registro Nacional de Inscripciones de Armas y un sistema de identificación balística. Carabineros y la PDI pueden fiscalizar entre las 8:00 y 22:00 sin aviso previo, registrando toda actuación.

Sanciones y penas por infracción
  • Formar milicias privadas: 5 a 20 años de presidio.
  • Portar armas sin permiso: 541 días a 10 años.
  • Poseer armas hechizas o modificadas: 3 a 10 años.
  • Fabricar o importar sin autorización: 541 días a 15 años.
  • Portar bombas molotov: 3 a 10 años.
  • Vender municiones a personas no inscritas: multa + presidio menor.
  • Disparar en vía pública: hasta 5 años, o 10 si es arma de guerra.
  • Colocar o activar bombas: 10 a 15 años.
  • Atacar recintos policiales: 3 a 10 años.
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